Otra víctima de violencia: muere mujer en mano de ex esposo


Milagros Acosta  

Luz del Alba Brito
Salcedo. Luz del Alba Brito de 34 años de edad, falleció a consecuencia de recibir una herida de bala en la parte inferior de la espalda, alojada en la región abdominal sin salida, herida causada por su ex esposo conocido como Jardy Fermín Cruz Santos (El Peluquero), de 32 años.

De acuerdo a versiones, la joven Luz del Alba, se encontraba en el Centro Nocturno “Fénix Punto G”, compartiendo con amigos, lo mismo hacia el nombrado Jardy, pero acompañado de su esposa, dicen que este llevó a su esposa a la casa y volvió con una armado  de fuego, con la que disparó a la joven dentro del establecimiento comercial.

Debido a la gravedad del caso la joven Brito, fue atendida en el Hospital Pascasio Toribio Piantini, de ahí posteriormente fue trasladada al Hospital Regional José María Cabral y Báez de Santiago, donde varias horas después falleciera.
Vista parcial del centro
nocturno en el que
Jardy le
 disparó a Luz del Alba.

 El hecho se produjo recientemente y a Jardy de la Cruz, se le conoció medida de coerción por tres meses en la fortaleza Juana Núñez de aquí.

Cierran temporalmente centro nocturno

El Ministerio de Interior y Policía, ordenó temporalmente el cierre, por tres meses del centro de diversión Fénix Punto G, ubicado en la calle Doroteo Tapia en esta ciudad. El cierre está pautado desde el 27 de septiembre hasta el  27 de diciembre del año en curso.

El cierre del establecimiento fue dispuesto luego  de que dentro del establecimiento fue asesinada a mano de su ex pareja de un tiro por la espalda, la Joven Luz del Alba Brito de 34 años, dejando una familia de luto y un niño de cuatro años en la orfandad, hecho que consterno a la ciudadanía.

Según el considerando, el Centro de Diversión Fénix Punto G, no ha cumplido con la resolución 02-06, artículo sexto, el cual, basado en el artículo 61, sobre la ley de cumplimiento de control de horario y control de expendio de bebidas alcohólicas, en el marco del plan de Seguridad Ciudadana del Ministerio Publico y de Interior y Policía.

De acuerdo a la Ley 36 , de fecha 18 de octubre de 1965, G. O. 8950, precedentemente citado, reitera que: “La prohibición a ser exhibida el arma de fuego o llevarla consigo a sitios de diversión o reuniones públicas, excepto que sus funciones lo exijan y que las personas de la clase civil cuyas funciones no lo exigían, no podrán llevar consigo armas de fuego ni en sitios de diversiones ni en reuniones públicas, da lugar la cancelación de la licencia y la incautación del arma, en virtud de lo que dispone el artículo 61 de la Ley 36”. Lo que consideran que los dueños han violados el reglamento.
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