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domingo, 13 de enero de 2013

Migración.

Selene Rosario. 

P. - Si soy residente de los Estados Unidos, puedo hacerle un ajuste de estatus a mi hijo de 21 años, que es soltero y tiene visa de paseo.
R.- Generalmente, las personas que entran con visa a los Estados Unidos y se clasifican como familiar inmediato pueden ajustar su estatus. En el caso de su hijo NO PROCEDE por no cumplir los requisitos de familiar inmediato.

P. - Dentro del proceso de petición mi esposo tuvo un hijo fuera del matrimonio, pero aun él no lo ha declarado, ya que no conoce al niño, en qué podría afectar esto la petición.  
R.- Entiendo que, si ese niño no figura registrado como hijo de su esposo, eso no lo afectaría en nada. Ahora bien, si se abre un proceso de investigación, esto puede causarle serios inconvenientes. Es mejor siempre hablar con la verdad.

P. - En qué consiste la sustitución de peticionario?
R.- La sustitución de peticionario, como su nombre lo indica, consiste en colocar o sustituir un peticionario por otro que, por una u otra razón se le hace imposible continuar la petición. Por ejemplo, Una madre ciudadana que solicitó a su hijo y durante el proceso ésta muere, para poder continuar el caso debe solicitarse la sustitución o reemplazo de éste para que el caso continúe con la misma fecha de prioridad del solicitante primario. 

P. - El consulado pide pruebas de ADN siempre o es en algún caso especial?
R.- Eso está a discreción del consulado. Siempre que ellos lo entiendan, pueden requerirla.

P. - Mi hijo heredó la ciudadanía americana de su padre, es cierto que debo solicitar una certificación de ciudadanía antes de que cumpla los 18 años, que es cuando le toca renovar su pasaporte, para que no la pierda. 
R.- Verdaderamente le exigen esa certificación, no porque vaya a perder la ciudadanía, sino porque cuando le corresponda renovar su pasaporte, se la van a exigir

Dra. Selene Rosario
Con Maestría en Derecho Internacional
Tel.: 809-587-7057.  selenerosario@hotmail.com

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